Congelación del salario mínimo...




Con fecha 31 de Diciembre de 2011 ha sido publicado en el BOE, el Real Decreto 1888/2011 por el que se fija el SMI, salarío mínimo interprofesional para el año 2012, éste queda situado en 641,40 €/mes y 21,38 €/día quedando dichas cuantía congeladas de un año para otro. Dicha intención fue comunicada por el nuevo gobierno de Rajoy a los sindicatos el 28 de Diciembre. 

Dicha decisión que congela el salario mínimo interprofesional por primera vez desde que se creó ha sido interpretada por unos como todo un torpedo directo a la línea de flotación de la remuneración mínima de los trabajadores  y por otros como una medida necesaria para conseguir la moderación salarial.

En todo caso la decisión frusta y hace imposible cualquier convergencia hacia los salarios mínimos de nuestros socios europeos algunos de los cuáles duplican el salario mínimo español.

Hasta 2004 el salario mínimo interprofesional era empleado para fijar la cuantía de distintas prestaciones, becas y subvenciones. A partir de 2004 se emplea el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples)   pero aún con todo el salario mínimo interprofesional es importante pues sirve para fijar la retribución mínima para trabajadores eventuales, temporeros y también a partir de 2012 para las empleadas del hogar





Publicado el 2 de Enero de 2011


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